El sistema penitenciario español a partir de un paradigma criminológico
DOI:
https://doi.org/10.25062/1900-8325.229Palabras clave:
Criminología, Derecho penitenciario, Política criminal, Política penitenciaria, Sobrepoblación reclusaResumen
Conforme lo establecido en el artículo 25.2 de nuestra Carta Magna, el Derecho Penitenciario debe estar orientado a la reeducación y reinserción social del privado en libertad. Como principal herramienta para alcanzar tal fin se posiciona el tratamiento penitenciario, cuyo destinatario es el infractor que se encuentra en situación de especial sujeción con respecto a la Administración Penitenciaria. Sin embargo, la naturaleza estática del Derecho Penitenciario, como toda Ciencia normativa del “deber ser”, se enfrenta a una sociedad cuyas características y necesidades se mueven de forma vertiginosa, siendo así especialmente complicado una completa y eficaz adaptación por parte de aquel a la realidad existente. Para tal cometido, resulta del todo conveniente la aportación de una ciencia dinámica y en continuo contacto con la sociedad como es la Criminología, la cual facilitará datos “a tiempo real” de la situación carcelaria, a través de su método empírico y su carácter multidisciplinar.
Biografía del autor/a
Sergio Murcia Orenes, Universidad Católica San Antonio de Murcia, España
Doctor en Derecho. Magister en Derecho Penitenciario, Licenciado en Criminología y Licenciado en Pedagogía de la Universidad San Antonio de Murcia, España. Profesor doctor del Departamento de Criminología de la misma casa de estudios. Contacto: sergimurci@hotmail.com
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