El uso de la fuerza armada y su regulación por el derecho internacional

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.25062/1900-8325.232

Palabras clave:

Derecho internacional, Fuerza Militar, Conflicto, Globalización

Resumen

A lo largo de estas últimas décadas, se ha dado un consenso entre los Estados a la hora de establecer principios comunes entre ellos que van desde el rechazo a la guerra y a otras formas de violencia hasta el avance del sistema democrático, como forma de gobierno esencial, así como en la necesidad de guardar y hacer guardar la paz y la seguridad internacionales existentes desde el fin de la Segunda Guerra Mundial. El contenido propio de este trabajo viene a considerar la importante función que cumple el derecho internacional (DI) a la hora de configurar un ordenamiento jurídico global, en un mundo cada vez más globalizado y, más aún, tras la aparición de nuevos sujetos internacionales junto a los ya existentes. En un primer momento se asentarán los rasgos más característicos del DI. Posteriormente se atenderá a la regulación y la aplicación de todo el conjunto normativo que este engloba.

Biografía del autor/a

Jordi Regi Rodríguez, Universidad Antonio de Nebrija, España

Doctor en Derecho y Relaciones Internacionales, y Diploma de Estudios Avanzados en Derecho Comunitario, de la Universidad Antonio de Nebrija, España. Licenciado en Derecho de la Universitat de Barcelona. Director del Master Universitario en Acceso a la Abogacía de Derecho Internacional Público y Derecho de la Unión Europea, y coordinador del Master en Ciberdelincuencia en la Universidad Antonio de Nebrija, España. Contacto: jregi@nebrija.es

Referencias bibliográficas

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. [ACNUR]. (s.f.). Base de datos legal ACNUR: Instrumentos de Derecho Internacional Humanitario

Bermejo García, R. (1993). El marco jurídico internacional en materia del uso de la fuerza: ambigüedades y límites. Civitas.

Brotóns, R. (1982). Principios fundamentales. En Derecho internacional público (pp. 81-84). Tecnos.

Candela Soriano, M. M. (2006). Los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho en la acción exterior de la Unión Europea: evolución, actores, instrumentos y ejecución. Dykinson.

Departamento Federal de Asuntos Exteriores [DFAE]. (2014). El ABC del derecho internacional humanitario. https://www.eda.admin.ch/dam/eda/es/documents/publications/GlossarezurAussenpolitik/ABC-Humanitaeren-Voelkerrechts_es.pdf

Díez de Velasco, M. (2013). Instituciones de derecho internacional público (18.a ed). Tecnos.

Dougherty, J., & Pfaltzgraff, R. (2000). Contending theories of international relations network. Pearson Education.

Echevarría Jesús, C. (2004). La política exterior y de seguridad común y la política europea de seguridad y defensa hacia Oriente Medio. Cuadernos constitucionales de la Cátedra Fadrique Funió Ceriol, 49, 159-166.

HCHR. (1949). Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I). https://www.hchr.org.co/documentoseinformes/documentos/html/pactos/prot_I_adicional_convenios_ginebra.html

Hinojosa Martínez, M. (2005). Globalización y soberanía de los Estados. REEI, 10. http://www.reei.org/index.php/revista/num10/articulos/globalizacion-soberania-estados

Huntington, S. (1996). The clash of civilizations and the remaking of world order. Editorial Simon y Schuster.

Kennedy, P. (1987). Auge y caída de las grandes potencias. Editorial Random House.

Kolb, R. (1997). Origen de la pareja terminológica ius ad bellum/ius in bello. La guerra como situación de hecho. Revista Internacional de la Cruz Roja. https://doi.org/10.1017/S0250569X00004283

Monroy Cabra, M. G. (2008). El Derecho Internacional como fuente del Derecho Constitucional. ACDI, 1, 107-138. https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/acdi/a.6812

Organización de las Naciones Unidas. (1945). Carta de las Naciones Unidas. https://www.un.org/es/about-us/un-charter

Ortega Carcelén, M. (2011). Prohibición de la fuerza armada y mantenimiento de la paz. Universidad Complutense de Madrid. https://eprints.ucm.es/id/eprint/13378/1/MartinOrtegaTema4prohibicionFuerzaArmada.pdf

Philippe, X. (2006). Los principios de jurisdicción universal y complementariedad: su interconexión. International Review of The Red Cross, 862. https://www.icrc.org/es/doc/resources/documents/article/review/6yckzy.htm

Portela, C. (2009). National implementation of United Nations Sanctions, International Journal (Winter 2009-2010), 13-30.

Ramón Chonet, C. , Gutiérrez Espada, D. C., Bermejo García, R., & López-Jacoíste Díaz, E. (2006). El uso de la fuerza y protección de los derechos humanos en un nuevo orden internacional. Tirant lo Blanch.

Rizzo Romano, A. (1992). La intervención como actor internacional ilícito. Revista de Relaciones Internacionales, 3.

Rodríguez-Villasante y Prieto, J. L. (s.f.). Las acciones humanitarias en los conflictos armados actuales. Centro de Estudios de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja Española.

Rosler, A. (2016). Violencia política y terrorismo. Flacso. https://www.flacso.org.ar/wp-content/uploads/2016/04/La-Teoria-Politica-Hoy-Rosler-.pdf

Rubio Fernández, E. M. (1999). El sistema de seguridad colectiva de las Naciones Unidas. KR.

Cómo citar

Regi Rodríguez, J. (2021) «El uso de la fuerza armada y su regulación por el derecho internacional», Estudios en Seguridad y Defensa, 16(31), pp. 75–91. doi: 10.25062/1900-8325.232.

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Publicado

2021-06-30

Número

Sección

Laureles

Métricas

Crossref Cited-by logo
Estadísticas de artículo
Vistas de resúmenes
Vistas de PDF
Descargas de PDF
Vistas de HTML
Otras vistas
QR Code